¿Cuál es su finalidad?

Son proyectos de soluciones habitacionales calificadas por el Ministerio de Vivienda y Edificaciones (MIVED) que además de sus características de ubicación, tamaño, calidad de materiales, entre otros, su valor máximo de venta debe ser igual o inferior a cuatro millones quinientos mil pesos dominicanos con cero centavos (RD$4,500,000.00), bajo la ley 338-21.
- Beneficios
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Alto grado de seguridad en la inversión.
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Inembargabilidad de los bienes del fideicomiso ante acreedores de la partes.
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Exenciones fiscales establecidas en la Ley 189-11.
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Incentivos y beneficios que otorga la ley a los compradores finales (bono compensación ITBIS).
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Agilidad de la preventa.